Empleadas del hogar: obligaciones en 2025
El sector del empleo doméstico en España ha experimentado una profunda transformación legal en los últimos años. Si tienes contratada o estás pensando en contratar a una empleada del hogar, es fundamental que conozcas todas las obligaciones legales que debes cumplir como empleador.
EMPLEADAS DEL HOGAR: GUÍA DE OBLIGACIONES LEGALES EN 2025
El sector del empleo doméstico en España ha experimentado una profunda transformación legal en los últimos años. Si tienes contratada o estás pensando en contratar a una empleada del hogar, es fundamental que conozcas todas las obligaciones legales que debes cumplir como empleador.
En este artículo te explicamos de forma clara y estructurada lo que necesitas saber.
En este artículo te explicamos de forma clara y estructurada lo que necesitas saber.
Nuevo: Protocolo de riesgos laborales (obligatorio desde el 14/11/2025)
¿Qué dice la nueva normativa?
El Real Decreto 893/2024, de 10 de septiembre, introduce una importante novedad: desde el 14 de noviembre de 2025 será obligatorio tener en casa un protocolo de evaluación de riesgos laborales para las personas empleadas del hogar.
Hasta ahora, la Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales no contemplaba expresamente su aplicación. Sin embargo, este marco legal ha cambiado y ahora las personas empleadoras deben garantizar condiciones seguras para quienes trabajan en su hogar, especialmente en lo relativo a la protección contra la violencia y los riesgos físicos derivados de la actividad.
Herramienta gratuita:
Para facilitar el cumplimiento de esta obligación, el Instituto Nacional de Seguridad y Salud en el Ttrabajo (INSST) ofrece una herramienta digital gratuita en Prevencion10.es, que permite:
- Generar un documento de evaluación de riesgos.
- Identificar fuentes de riesgo por función.
- Valorar gravedad.
- Asignar responsables.
- Registrar medidas y generar informe.
Consecuencias del incumplimiento:
Aunque por el momento no se ha publicado un esquema de sanciones específicas, en caso de accidente del empleado del hogar, el empleador puede quedar desprotegido si no puede acreditar que ha cumplido los trámites establecidos por la normativa aplicable en materia de prevención de riesgos laborales.
Otros derechos. Esta nueva normativa también reconoce:
- Derecho a la vigilancia de la salud: reconocimientos médicos voluntarios y gratuitos, incluidos en la cartera de servicios del Sistema Nacional de Salud
- Formación gratuita en prevención de riesgos laborales, financiada por el SEPE
- Protección frente a violencia y acoso en el trabajo.
- Delegación preventiva en caso de discapacidad.
El Real Decreto 893/2024, de 10 de septiembre, introduce una importante novedad: desde el 14 de noviembre de 2025 será obligatorio tener en casa un protocolo de evaluación de riesgos laborales para las personas empleadas del hogar.
Hasta ahora, la Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales no contemplaba expresamente su aplicación. Sin embargo, este marco legal ha cambiado y ahora las personas empleadoras deben garantizar condiciones seguras para quienes trabajan en su hogar, especialmente en lo relativo a la protección contra la violencia y los riesgos físicos derivados de la actividad.
Herramienta gratuita:
Para facilitar el cumplimiento de esta obligación, el Instituto Nacional de Seguridad y Salud en el Ttrabajo (INSST) ofrece una herramienta digital gratuita en Prevencion10.es, que permite:
- Generar un documento de evaluación de riesgos.
- Identificar fuentes de riesgo por función.
- Valorar gravedad.
- Asignar responsables.
- Registrar medidas y generar informe.
Consecuencias del incumplimiento:
Aunque por el momento no se ha publicado un esquema de sanciones específicas, en caso de accidente del empleado del hogar, el empleador puede quedar desprotegido si no puede acreditar que ha cumplido los trámites establecidos por la normativa aplicable en materia de prevención de riesgos laborales.
Otros derechos. Esta nueva normativa también reconoce:
- Derecho a la vigilancia de la salud: reconocimientos médicos voluntarios y gratuitos, incluidos en la cartera de servicios del Sistema Nacional de Salud
- Formación gratuita en prevención de riesgos laborales, financiada por el SEPE
- Protección frente a violencia y acoso en el trabajo.
- Delegación preventiva en caso de discapacidad.
El contrato de trabajo: ¿Es obligatorio?
Sí, el contrato por escrito es obligatorio.
Desde la entrada en vigor del Real Decreto-ley 16/2022, es obligatorio formalizar un contrato de trabajo por escrito siempre, independientemente de:
Debe incluir:
- Identidad de las partes.
- Fecha de inicio.
- Tipo de contrato.
- Jornada y horario.
- Salario y forma de pago.
- Vacaciones y permisos.
Tipos:
Indefinido o temporal.
Consecuencias de no tenerlo:
Multa (hasta 7.500 €), indefensión en conflictos, presume contrato indefinido y jornada completa.
Desde la entrada en vigor del Real Decreto-ley 16/2022, es obligatorio formalizar un contrato de trabajo por escrito siempre, independientemente de:
- La duración de la relación laboral.
- El número de horas de trabajo (jornada completa o parcial).
- El tipo de funciones que se desempeñen.
Debe incluir:
- Identidad de las partes.
- Fecha de inicio.
- Tipo de contrato.
- Jornada y horario.
- Salario y forma de pago.
- Vacaciones y permisos.
Tipos:
Indefinido o temporal.
Consecuencias de no tenerlo:
Multa (hasta 7.500 €), indefensión en conflictos, presume contrato indefinido y jornada completa.
Alta en la Seguridad Social: obligación ineludible
¿Cuándo es obligatorio? Desde el primer día, sin importar horas, funciones ni multiplicidad de empleadores.
Trámite: Antes de que empiece.
Sanciones: Multa de 3.750 a 12.000 €, pago de cotizaciones atrasadas y recargos. La Inspección de Trabajo puede detectar estas situaciones y aplicar las sanciones de forma efectiva.
Cotización por desempleo y FOGASA: Obligatoria desde octubre 2022.
Trámite: Antes de que empiece.
Sanciones: Multa de 3.750 a 12.000 €, pago de cotizaciones atrasadas y recargos. La Inspección de Trabajo puede detectar estas situaciones y aplicar las sanciones de forma efectiva.
Cotización por desempleo y FOGASA: Obligatoria desde octubre 2022.
Registro horario: hacia la obligatoriedad
Situación actual: Aunque el RD 1620/2011 exime expresamente a los empleadores de registrar la jornada en el servicio doméstico, la jurisprudencia europea (TJUE, 19/12/2024) ha establecido lo siguiente:
¿Cómo hacer el registro horario?
Cuando sea obligatorio, el registro deberá realizarse:
- De forma diaria.
- Por cualquier medio físico o digital (cuaderno, hoja de Excel, app, etc.).
- Debe ser accesible para la familia y la trabajadora.
- Debe conservarse durante al menos 4 años (puede ser solicitado por la Inspección de Trabajo).
- Los empleadores del hogar deben llevar un sistema de registro diario de la jornada laboral
- La falta de este control impide a las trabajadoras demostrar cuántas horas trabajan realmente
- La exención española es contraria al Derecho europeo y debe modificarse
- Esta exclusión es discriminatoria por razón de género, ya que la mayoría de empleadas del hogar son mujeres
- Los empleadores deberían registrar la jornada diaria, especialmente en jornadas completas
- La carga de la prueba recae en el empleador en ausencia de registro
¿Cómo hacer el registro horario?
Cuando sea obligatorio, el registro deberá realizarse:
- De forma diaria.
- Por cualquier medio físico o digital (cuaderno, hoja de Excel, app, etc.).
- Debe ser accesible para la familia y la trabajadora.
- Debe conservarse durante al menos 4 años (puede ser solicitado por la Inspección de Trabajo).
La nómina: documento obligatorio mensual
¿Es obligatorio hacer nómina?
Sí, es obligatorio entregar al empleado del hogar un documento justificativo del pago de su salario cada mes, según el Real Decreto 1620/2011.
La nómina no solo es un recibo del pago mensual, sino que también incluye detalles importantes como el sueldo, las cotizaciones a la Seguridad Social y las deducciones.
¿Qué debe incluir la nómina?
Según el Ministerio de Trabajo, la nómina debe contener:
Encabezado:
Consulta el modelo oficial y verifica la tabla salarial 2025.
Sí, es obligatorio entregar al empleado del hogar un documento justificativo del pago de su salario cada mes, según el Real Decreto 1620/2011.
La nómina no solo es un recibo del pago mensual, sino que también incluye detalles importantes como el sueldo, las cotizaciones a la Seguridad Social y las deducciones.
¿Qué debe incluir la nómina?
Según el Ministerio de Trabajo, la nómina debe contener:
Encabezado:
- Información personal del empleador y del trabajador
- Categoría del trabajador
- Fecha de inicio del contrato
- Período de liquidación correspondiente al mes trabajado
- Conceptos salariales generados en el mes trabajado
- Percepciones no salariales (transporte, indemnizaciones, etc.)
- Aportación del trabajador a la Seguridad Social
- IRPF (si corresponde)
- Anticipos, embargos, etc.
- Base de Cotización a la Seguridad Social
- Base de Contingencias Comunes
- Base de Contingencias Profesionales
- Salario neto (cantidad que recibe finalmente el trabajador)
Consulta el modelo oficial y verifica la tabla salarial 2025.
Resumen de obligaciones legales
Como empleador de una persona del hogar, debes cumplir con:
- ✅ Protocolo de riesgos laborales
- ✅ Contrato escrito (si supera 4 semanas)
- ✅ Alta en la Seguridad Social
- ✅ Cotización mensual (incluye desempleo)
- ✅ Registro horario (jurisprudencia europea)
- ✅ Nómina mensual
- ✅ Respetar SMI y tablas oficiales
- ✅ Reconocimientos médicos voluntarios
- ✅ Formación preventiva
Conclusión y llamada a la acción
El empleo del hogar ha dejado de ser un sector desregulado para convertirse en una relación laboral plenamente reconocida con derechos y obligaciones claras. El cumplimiento de estas obligaciones no solo te protege legalmente como empleador, sino que también garantiza condiciones dignas y justas para las trabajadoras del hogar.
La reciente obligatoriedad del protocolo de riesgos laborales representa un paso más hacia la equiparación de derechos de este colectivo con el resto de trabajadores. Es recomendable contar con asesoramiento profesional para garantizar el cumplimiento de toda la normativa y evitar sanciones que pueden resultar muy costosas.
Recuerda: la fecha límite para realizar la evaluación de riesgos laborales y aplicar las medidas preventivas es el 14 de noviembre de 2025. No dejes este trámite para el último momento.
¿Necesitas ayuda personalizada?
Nuestro equipo te asesora sobre alta, contratos, nóminas y prevención.
La reciente obligatoriedad del protocolo de riesgos laborales representa un paso más hacia la equiparación de derechos de este colectivo con el resto de trabajadores. Es recomendable contar con asesoramiento profesional para garantizar el cumplimiento de toda la normativa y evitar sanciones que pueden resultar muy costosas.
Recuerda: la fecha límite para realizar la evaluación de riesgos laborales y aplicar las medidas preventivas es el 14 de noviembre de 2025. No dejes este trámite para el último momento.
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