Comprobaciones de la Agencia Tributaria

Qué es una comprobación limitada de la AEAT y cómo puede afectarte. 
Comprobación AEAT
 
 

 
En el complejo entramado de las obligaciones fiscales, la Agencia Tributaria (AEAT) juega un papel fundamental en la supervisión del correcto cumplimiento por parte de los contribuyentes.

Una de sus herramientas habituales para verificar la exactitud y corrección de los datos declarados por los contribuyentes es el procedimiento de comprobación limitada.

Desde e-fiscalidad hemos constatado que desde el ejercicio 2020, coincidiendo con importantes mejoras tecnológicas de la AEAT, las comprobaciones se han incrementado de forma exponencial

Según las estadísticas de nuestro despacho profesional un 20%-30% de nuestros clientes han recibido en 2024/2025 una comunicación con la apertura de un procedimiento de comprobación tributaria.

Esto significa que la probabilidad de tener una revisión ha aumentado significativamente en los últimos años. Por ello, estar preparado y conocer cómo actuar es más importante que nunca. 

¿Has Recibido una Notificación de la Agencia Tributaria?      ¡No la ignores! 

 

¿Qué Implica un Procedimiento de Comprobación Limitada? 

 
El objetivo de este procedimiento es que la AEAT pueda verificar que los datos declarados en las autoliquidaciones son correctos. Esto puede abarcar comprobaciones de IRPF, de IVA, censales, entre otras. 

El procedimiento siempre se inicia con una notificación por parte de la Agencia Tributaria. La notificación la recibirás en tu domicilio fiscal. Mantén siempre tu domicilio fiscal actualizado. Si la administración no te puede notificar porque has cambiado de domicilio y no lo has comunicado, la AEAT seguirá el procedimiento sin que puedas alegar nada. También puedes recoger la notificación telemáticamente aunque como sólo las personas jurídicas (sociedades) están obligadas a notificaciones electrónicas. Esta notificación indicará el modelo y el periodo al que se refiere la comprobación. Generalmente, el primer paso será un requerimiento de información, donde la AEAT solicitará documentación o datos para aclarar posibles discrepancias. 
 


 

Documentación solicitada por la AEAT: lo que debes saber 

 
Es fundamental entender qué documentos puede solicitar la Agencia Tributaria en este tipo de procedimiento. Entre los más habituales se encuentran los libros de registro y las facturas emitidas y recibidas.  
 
¡Recuerda! Debes guardar durante 5 años todas tus facturas de ingreso y de gasto en formato digital.

La documentación siempre debe aportarse en plazo por vía telemática a la Agencia Tributaria, a través de la sede electrónica, nunca en papel, por ello es importante digitalizar los documentos. 

Es por ello que es necesario disponer de estos documentos de forma ordenada y digitalizada. 

Sin embargo, es crucial tener en cuenta las limitaciones de la AEAT en este tipo de comprobación: 
  • No pueden solicitar la contabilidad mercantil. 
  • No pueden requerir información a terceros sobre documentos solicitados al contribuyente que está siendo comprobado. 
  • No pueden requerir los movimientos bancarios a las entidades financieras. Esta facultad está reservada para los órganos de inspección. No obstante, el contribuyente puede aportar estos movimientos voluntariamente si lo considera oportuno, y la AEAT los incorporará al expediente. 
    

La importancia de responder a un requerimiento de la Agencia Tributaria 
 

Responder un requerimiento de la AEAT no es una opción, es una obligación del contribuyente. Ignorar o no contestar un requerimiento puede tener consecuencias graves, incluyendo sanciones por resistencia, obstrucción, excusa o negativa a las actuaciones de la Administración Tributaria. 

Además, se deben respetar los plazos. Generalmente, el plazo para contestar es de 10 días hábiles a partir del día en que se recibe la notificación. Si no se responde en tiempo y forma, la Agencia Tributaria podría liquidar el impuesto con los datos que considera correctos o, incluso, eliminar los gastos y/o deducciones que se habían aplicado. 

En resumen, si recibes una notificación o requerimiento de la Agencia Tributaria, lo más recomendable es atenderlo de forma adecuada y dentro del plazo establecido. Contar con el asesoramiento de un asesor fiscal que dirija el procedimiento puede ser fundamental para evitar sanciones y liquidaciones paralelas que podrían afectar seriamente a tu situación fiscal.   

 Te dejamos en este enlace un documento con información sobre las comprobaciones por parte de la AEAT